En cuatro ocasiones, Troncoso ha
revocado la decisión del Juzgado de Garantía de Temuco que busca lograr que la
machi Linconao espere en su hogar y no en prisión el juicio relacionado al caso
Luchsinger-Mackay. El mismo magistrado ha beneficiado con esa medida de arresto
domiciliario a violadores de Derechos Humanos (incluido uno al que le
encontraron armamento de guerra en la casa) y a un agricultor que asesinó a un
comunero mapuche
El 22 de diciembre, por cuarta vez consecutiva, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco revocó el arresto
domiciliario contra la machi Francisca Linconao y la obligó a volver a prisión
preventiva.
Entonces fue que la machi decidió
iniciar la huelga de hambre que mantiene hasta hoy, en protesta a la constante
entrada y salida de prisión a la que la tienen sometida. Hospitalizada en
el centro Nueva Imperial de Temuco, la machi se encuentra en un delicado estado
de salud.
Como es imputada en una causa de
delito terrorista -por la muerte del matrimonio Luchsinger Mackay- cualquier
decisión sobre su libertad debe ser tomada con unanimidad. En el fallo del
pasado 22 de diciembre, solo un ministro de la Corte se opuso a que Linconao
espere el juicio con arresto domiciliario: Luis Troncoso Lagos.
De perfil conservador y polémico en
sus fallos contra comuneros mapuches, Troncoso se ha opuesto constantemente a
que la machi salga de prisión preventiva por considerar que su libertad
“constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.
En su historial, Troncoso tiene más de un fallo donde
ha beneficiado a violadores de derechos humanos y exculpado a civiles que
atentan contra la vida del pueblo mapuche, incluso con el arresto domiciliario
que hoy le niega a la machi. En El Desconcierto repasamos cuatro de las
decisiones más polémicas del magistrado, que levantan la duda sobre el actuar
de la justicia en La Araucanía.
Rebaja pena a Carabinero por crímenes en dictadura
En 2015 fue la sentencia definitiva
para René Illesca
González, sargento primero de Carabineros en retiro, responsable del delito de homicidio
calificado de Segundo Cayul Tranamil, Juan Segundo Palma Arévalo y Arcenio del
Carmen Saravia Fritz, cometidos entre 1973 y 1974.
Antes, mientras se realizaba la
investigación y estaba en prisión preventiva, la primera sala de la Corte de
Apelaciones de Temuco, con Luis Troncoso a la cabeza, le determinó el arresto
domiciliario total, pese a las pruebas. Después sería condenado por el crimen,
para que después la misma sala de la corte de Apelaciones le rebaje las penas.
Finalmente, la Corte Suprema, en
septiembre de 2015, ratificó la sentencia de 10 años de presidio contra el ex
carabinero.
“Legítima defensa” para agricultor que asesinó a
mapuche
En octubre de 2014, José Quintriqueo Huaquimil fue atropellado
al interior del Fundo Nilpe de Galvarino por el trabajador del lugar José
Cañete Paredes. Lo golpeó al mando de un tractor, con un impacto que lo lanzó al
suelo, para después volver y aplastarlo una vez más y finalmente retirarse del
lugar.
Quintriquieo resultó con un
traumatismo encéfalo craneano cerrado, trauma tóraco abdominal grave, fractura
de húmero derecho, fractura de columna vertebral y fractura de pelvis. Dichas lesiones terminaron por
provocarle la muerte.
Cañete Paredes fue
formalizado por delito de homicidio y quedó en prisión preventiva. Su defensa apeló
y el 8 de noviembre de 2014, la Corte de Apelaciones, revocó la decisión y lo dejó con
arresto domiciliario total.
En noviembre de 2015 sería condenado
a 5 años y 1 día como autor del delito de homicidio contra el comunero José
Quintiqueo Huaiquimil. Pese a las pruebas periciales y fotográficas, sumadas al
testimonio de personas que presenciaron el hecho, en junio de 2016 la Primera Sala de la Corte de Apelaciones, integrada, entre
otros, por Luis Troncoso Lagos, acogió el recurso de la defensa y acreditaron
la “legítima defensa”, absolviendo así a Paredes de todos los cargos, según se puede ver
en la causa Civil 233 – 2016 del Poder
Judicial.
El polémico caso Luchsinger Mackay
La madrugada del 4 de enero del 2013
se produjo el trágico incendio contra el matrimonio de Werner Luchsinger Lemp y Vivian
Mackay González. Un grupo de sujetos no identificados
irrumpieron en el fundo La Granja Lumahue, en la localidad de General López, en
la comuna de Vilcún e iniciaron el siniestro que terminó con la vida de los
colonos alemanes.
El 30 de marzo de 2016, los comuneros
mapuche Luis Tralcal Quidel, Juan Segundo Tralca Quidel, Catrilaf Merilef, José
Tralcal Coche, Eliseo Catrilaf Romero, Aurelio Catrilaf Parra, Sabino Catrilaf
Quidel, José Córdova Tránsito, Hernán Catrilaf Llaupe y Francisca Linconao
fueron formalizados por el delito de incendio terrorista con resultado de muerte y sometidos a
prisión preventiva.
La prueba que inculpa a los 10
comuneros es el testimonio del también imputado José Peralino Huinca, quien declaró en el momento de la formalización ante el Tribunal de Garantía
que fue torturado por oficiales de
la PDI y obligado a culpar a dichas personas.
Pese a la débil calidad de la prueba,
los 11 comuneros, incluida la machi Francisca Linconao, permanecen en prisión
preventiva a la espera del juicio.
El 4 de junio y el 22 de julio de
2016, la Corte de Apelaciones de Temuco revocó el arresto domiciliario que
tenía Linconao y la obligó a reingresar al Centro Penitenciario Femenino de
Temuco. La constitución actual exige que a las personas acusadas por conductas
terroristas, cualquier fallo que otorgue libertad debe ser unánime. Así, pese
al voto mayoritario de la Primera Sala de la Corte, la machi ha tenido que volver a
prisión preventiva cada vez por el voto opositor del magistrado Luis Troncoso.
Arresto domiciliario para quien fue encontrado con
armamento de guerra en su casa
Solo cinco días después, la misma
Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco revisó la causa que involucra a Jorge Temer San Martín, formalizado
por el delito de homicidio calificado de Eliseo Jara Ríos y Pedro Muñoz
Apablaza, en la comuna de Victoria, el 27 de octubre de 1973.
Fue el ministro en visita Álvaro Mesa
quien sometió a proceso a Temer junto a otros tres funcionarios en retiro del
ejército. Temer –civil- fue miembro dePatria y Libertad, movimiento de
ultraderecha que actuó en los ’70. También es asociado a un presunto grupo
paramilitar antimapuche llamado “Comando Hernán Trizano”.
Según se detalla en la investigación,
el grupo de militares se reunió en el domicilio de Temer San Martín, donde
planificaron la ejecución de Jara y Muñoz.El ministro instructor no les otorgó la libertad provisional por
considerar que los imputados son un peligro para la sociedad.
Pero este no era el primer encontrón
con la justicia del “agricultor”. En 2012, Temer San Martín tuvo un
enfrentamiento con el latifundista René Urban, razón por la que este presentó
una denuncia. Al allanar la casa de Temer, Carabineros encontró un arsenal de armamento de guerra en
el lugar, con armas automáticas, municiones, bombas lacrimógenas, una fusil con
mira telescópica y un lanzacohetes Low. Por esto fue
formalizado por porte ilegal de armas y amenazas de muerte, aunque terminó
sobreseído.
Según se puede ver en la causa
Criminal 227-2016 del Poder Judicial, el 28 de diciembre de 2016, la primera
Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco decidió revocar la prisión preventiva
contra Jorge Temer San Martín, “estimando que la
necesidad de cautela se satisface con medidas cautelares de menor intensidad”. La decisión
tomada con el acuerdo del presidente de la sala Luis Troncoso Lagos, el mismo
que cinco días antes consideró que la libertad de la machi Francisca Linconao,
sin antecedentes penales, “constituye un peligro para la sociedad”.
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